Cada
vez ponen más límites al dinero en efectivo, para tenernos controlados a todos
a través de los ingresos y pagos.
Pero
cuidado......ahora se habla de un posible apagón. Mejor saquéis del banco todo
el dinero efectivo posible guardándolo en lugar seguro, y hagáis los pagos en
efectivo, porque si se produce el apagón y nos quedamos sin electricidad, sin
internet, y sin líneas telefónicas,....¡ay del que no tenga dinero en efectivo
para pagar lo que necesite!.
Aparte
tal cómo está de mal la economía, y lo alarmante de la deuda pública, os podríais encontrar con la posibilidad de un corralito, es decir, que el
gobierno intervenga tus ahorros del banco y no puedas disponer de ellos. Por eso
es muy importante tener una buena cantidad de efectivo en casa, y acostumbrarse
a pagar en efectivo, en vez de con tarjetas o con alguna aplicación de pago del
smartphone. Aparte con dinero en efectivo se lleva un control personal,
mientras que los pagos por vía telemática acaban por olvidarse y puede llegar
un momento en el que desconozcamos de cuánto dinero disponemos para gastar
tenemos realmente.
Además
cada vez son más los negocios y empresas que piden a sus clientes que los pagos
sean en efectivo, para lograr escaparse del control público que muchas veces
viene motivado por codicia confiscatoria.
El
dinero en efectivo sin ningún tipo de límites es libertad, y además favorece
mucho la economía dinamizándola, con lo que nos beneficiamos todos, y con lo
cual con el trabajo de todos sin el control y la intervención del Estado, nos
genera riqueza para todos.
HE
AQUÍ UNA DE LAS RECIENTES NOTICIAS PUBLICADAS EN EL DIARIO ABC:
Cerco
al dinero en efectivo: ¿Cuánto dinero puedo llevar encima? ¿Y guardado en casa?
El
incumplimiento del límite en el pago con billetes puede acarrear una sanción de
hasta el 25% del importe abonado
Artículo
de Álvaro G. Colmenero
Es
constatable que el avance del campo de la tecnología ha provocado que las
operaciones monetarias se realicen cada vez más de manera telemática. Si bien
es cierto que el dinero en efectivo está todavía lejos de desaparecer, las
entidades bancarias han tomado un mayor protagonismo, realizándose una ingente
cantidad de movimientos diarios.
Además,
con el objetivo de reducir al máximo las actividades ilícitas y el blanqueo de
capitales, desde el pasado julio los pagos en efectivo cuentan con un límite
menor en España. Estas son las principales dudas del uso con el dinero en
efectivo y en las transferencias bancarias.
¿Cuánto
es el límite de dinero que puedo llevar caminando por la calle?
Según
explican fuentes de la Asociación Usuarios Financieros (Asufin), el dinero que
una persona puede llevar encima «tiene un límite en el que las autoridades
podrían pedirte un justificante». Concretamente, la Ley para la prevención del
blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo establece que el límite
dentro de España es de 100.000 euros. A partir de esa cantidad, será necesario
declarar el movimiento del dinero con el modelo S1 de la Agencia Tributaria.
¿Puedo
atesorar todos los ahorros en efectivo que quiera en mi domicilio?
Desde
la entidad de usuarios financieros señalan que «no hay ninguna ley que prohíba
guardar efectivo en casa, sea la cantidad que sea, siempre y cuando los fondos
tengan una procedencia legítima y guardemos los justificantes de haber retirado
estos fondos para poder demostrar en un futuro en caso necesario la procedencia
de los mismos».
¿Estoy
habilitado para retirar todo el dinero en efectivo que me plazca en el mismo
día?
Según
precisan fuentes de Asufin, no hay límite de retirada de efectivo. «Eso sí, lo
habitual es que debas avisar a tu oficina si la cantidad supera los 3.000 euros
para que tengan el saldo suficiente que necesites, normalmente basta con un día
de antelación. Si nuestra oficina no puede darme la cantidad que necesito,
debería ofrecerme alternativa sin comisión como por ejemplo, la emisión de un
cheque o realizar una transferencia», explican.
¿Cuál
es el límite para sacar dinero del banco y guardarlo en efectivo en tu
domicilio sin tener que declararlo?
Como
señalan desde la entidad de usuarios financieros, la cantidad máxima que se
puede ingresar o retirar del banco sin justificación son 3.000 euros.
«Cualquier movimiento que rebase esta cantidad será notificado al Banco de
España y a la Agencia Tributaria», advierten.
Si
quiero comprarme un ordenador portátil de 1.500 euros en efectivo. ¿Puedo
hacerlo?
El
pasado 11 de julio, entró en vigor una nueva normativa sobre pagos en efectivo.
Siguiendo esta norma, la cantidad máxima para transacciones de pago en efectivo
es de 1.000 euros por operación. «El objetivo de esta medida es luchar contra el
fraude fiscal y su incumplimiento puede acarrear sanciones de un 25% del
importe abonado», sostienen desde Asufin. Por lo tanto, no podría comprarme el
ordenador portátil con dinero en efectivo.
¿A
qué sanción me arriesgo si pago con efectivo incumpliendo el límite de los
1.000 euros?
Tanto
el pagador como el que recibe el dinero responderán de forma solidaria de la
infracción cometida y de la sanción que se imponga. El importe de la sanción
será el 25% de la cuantía pagada en efectivo de forma indebida. Sobre un
importe de 10.000 euros, serían 2.500 euros.
Llevo
un billete de 500 euros. ¿Es necesario que me identifique?
Según
señalan desde Asufin, no sería necesario, aunque las entidades bancarias están
obligadas a notificar cuando sus clientes utilizan billetes de 500 euros. «Es
curso legal, aunque se retire ese dinero», sostienen.
Quiero
hacer una transferencia de 15.000 euros a mi primo. ¿Me pueden multar por no
declararla?
Desde
Asufin explican que, en España, según la ley 7/2012 de la normativa tributaria,
el límite para transferir dinero sin declararlo se fija en 10.000 euros. Este
máximo se aplica también para otras operaciones como retirada de dinero en
cajeros, mediante la banca 'online' o con el móvil.
Si
quiero hacer diez transferencias bancarias en un día. ¿Estoy habilitado para
hacerlo?
La
entidad de usuarios financieros asegura que «normalmente no existen límites
para las transferencias». «Solamente debemos tener en cuenta que, a partir de
10.000 euros, «la entidad tendrá que notificarlo a la Agencia Tributaria, no
impidiendo esto la realización por cualquier importe».
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